El Gobierno ha recurrido el adelanto del toque de queda de Castilla y León que entró en vigor este sábado a las 20.00 horas. En un comunicado enviado por la Delegación del Gobierno en esa comunidad, el ejecutivo anuncia que ha solicitado a la Abogacía General del Estado que interponga un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra la medida, que considera una «restricción de un derecho fundamental que no está amparada por el instrumento jurídico del estado de alarma».
El ejecutivo cree que el Acuerdo 2/2021 de la Junta publicado este sábado en el Boletín Oficial de Castilla y León vulnera el Real Decreto 926/2000 por el que se declara el estado de alarma. Según el ejecutivo, el decreto determina «expresamente» en el artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas el horario nocturno comprendido entre las 23:00 y las 6:00, con la posibilidad de que las autoridades competentes delegadas -los presidentes autonómicos- pudieran decidir el ámbito territorial de aplicación y modular su horario, pero adelantándolo o atrasándolo una hora.
Al fijar como hora de comienzo de la limitación las 20:00 horas, el Gobierno considera que el acuerdo «infringe nítidamente la regulación», y señala que el Gobierno autonómico no puede acogerse a las condiciones de ‘modulación’ que tanto el artículo 10 del Real Decreto 926/2020, como la disposición transitoria única del Real Decreto 956/2020, mediante la que se prorrogaba el estado de alarma hasta el 9 de mayo, otorgan a las autoridades competentes delegadas. La «modulación» que esgrimía el ejecutivo de Alfonso Fernández Mañueco, comporta la posibilidad de suspender, flexibilizar o relajar las limitaciones, «pero no – como es el caso – de intensificarlas o agravarlas».
El resto de medidas aprobadas este fin de semana por la Junta de Castilla y León para reducir los contagios, como la limitación de la movilidad entre las provincias de la comunidad autónoma, la reducción de aforos en eventos religiosos a un máximo de 25 personas (y un tercio del total) o las reuniones de más de cuatro personas no convivientes no han sido cuestionadas por el Gobierno.
El Gobierno ha recurrido el adelanto del toque de queda de Castilla y León que entró en vigor este sábado a las 20.00 horas. En un comunicado enviado por la Delegación del Gobierno en esa comunidad, el ejecutivo anuncia que ha solicitado a la Abogacía General del Estado que interponga un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra la medida, que considera una «restricción de un derecho fundamental que no está amparada por el instrumento jurídico del estado de alarma».El ejecutivo cree que el Acuerdo 2/2021 de la Junta publicado este sábado en el Boletín Oficial de Castilla y León vulnera el Real Decreto 926/2000 por el que se declara el estado de alarma. Según el ejecutivo, el decreto determina «expresamente» en el artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas el horario nocturno comprendido entre las 23:00 y las 6:00, con la posibilidad de que las autoridades competentes delegadas -los presidentes autonómicos- pudieran decidir el ámbito territorial de aplicación y modular su horario, pero adelantándolo o atrasándolo una hora. Al fijar como hora de comienzo de la limitación las 20:00 horas, el Gobierno considera que el acuerdo «infringe nítidamente la regulación», y señala que el Gobierno autonómico no puede acogerse a las condiciones de ‘modulación’ que tanto el artículo 10 del Real Decreto 926/2020, como la disposición transitoria única del Real Decreto 956/2020, mediante la que se prorrogaba el estado de alarma hasta el 9 de mayo, otorgan a las autoridades competentes delegadas. La «modulación» que esgrimía el ejecutivo de Alfonso Fernández Mañueco, comporta la posibilidad de suspender, flexibilizar o relajar las limitaciones, «pero no – como es el caso – de intensificarlas o agravarlas». El resto de medidas aprobadas este fin de semana por la Junta de Castilla y León para reducir los contagios, como la limitación de la movilidad entre las provincias de la comunidad autónoma, la reducción de aforos en eventos religiosos a un máximo de 25 personas (y un tercio del total) o las reuniones de más de cuatro personas no convivientes no han sido cuestionadas por el Gobierno.Read MoreElDiario.es – ElDiario.es
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